- La Junta Administradora Local del corregimiento de Puerto Badel, jurisdicción del municipio de Arjona, a través de una acción de tutela, pretende que un juez revoque el nombramiento del corregidor de esa población, Edgar Enrique Ripoll Castro.
También piden en la acción judicial que se tumben los decretos y resoluciones expedidos por la Alcaldía que dejan en firme su decisión. La tutela la tramita Isaías Hincapié, juez Promiscuo Municipal de Arjona.
Según lo expresado por los miembros de la JAL, al integrarse la terna de donde se escogería el corregidor, no se cumplió con los procedimientos legales, porque no se realizó el debido proceso como la convocatoria, entrevista y no se tuvo el consentimiento del Consejo Comunitario de la comunidad negra de Puerto Badel para tal fin, con lo que está induciendo a error al Juez Promiscuo Municipal de Arjona.
Además, para la comunidad, la JAL pretende que se aplique el nuevo Código de Policía en cuanto a los requisitos exigidos para ocupar el cargo, siendo que el Corregidor fue nombrado antes de la aprobación y entrada en vigencia de esa ley.
Piden que la tutela sea rechazada por carencia de objeto, por cuanto, el derecho de petición que se presentó ya fue respondida y además con una tutela no podría tumbar un acto administrativo que está en firme por lo que le corresponde al Contencioso Administrativo analizarlo para determinar su legalidad.
A eso se suma que el Juez no tiene competencia para declarar la nulidad de actos electorales, ni particulares, como pretende el accionante.
La comunidad considera que la acción de tutela es temeraia y por eso piden vigilancia especial al trámite de la misma por parte de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, la Sala de Disciplina Judicial y la Procuraduría General de la Nación.
“Pedimos al juez que no caiga en la jugada que le está tendiendo la JAL del corregimiento de Puerto Badel, no es cierto que la terna fue elaborada en secreto y sin intervención del Consejo Comunitario”, señalan.
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