
Al considerar que no se ha entregado la información suficiente a la comunidad el Colegio Profesional de Abogados de Colombia y la Academia de Medicina de Cartagena de Indias, en ejercicio del derecho de petición solicitó a la Alcaldía de Cartagena resolver varias inquietudes relacionadas con el proceso de vacunación en la ciudad.
Alcides Arrieta en representación de los abogados y Darío Morón, por parte de los médicos, enviaron un derecho de petición al alcalde, William Dau, para que garantice los derechos fundamentales a la vida, atención en salud, dignidad humana y salud pública.
Información solicitada
- Cuál es el número de vacunas que el ministerio de salud enviara a Cartagena
- Si el Distrito de Cartagena tiene identificado en forma precisa y detallada el personal de salud que será vacunado y si están incluidos, internos, residentes de las distintas especialidades, estudiantes de medicina, entre otros.
- Tiene el Distrito el cronograma de vacunación e identificado a los sectores de la población priorizados que serían vacunados, incluyendo los pacientes que por su comorbilidad deben recibir la vacuna
- Existe la logística suficiente para el transporte y almacenamiento de las vacunas.
- El distrito tiene el personal adiestrado y entrenado para aplicar las vacunas
- El distrito ha elaborado la programación para la ejecución del programa de vacunación, que sitios ha determinado, como será coordinado, por quienes, por cual metodología.
- Estaría Dispuesto el Distrito a comprar vacunas contra el covid19, en caso afirmativo, cuando, en que cantidades.
Se solicita copia de documentos que soporten las respuestas de las preguntas 1 a 17, en cuanto no estén protegidas por reserva, previa sustentación de las Mismas.

Recomendaciones
Señalan los peticionarios que las dos organizaciones que presiden se constituirán en veedores del proceso de vacunación en Cartagena y desde ya le hacen una serie de peticiones al Alcalde.
Se le pide al Distrito adoptar, implementar el cronograma de vacunación contra el COVID19, conforme con la ley las directrices del gobierno nacional.
También se solicita facilitar la participación ciudadana en todas las etapas del proceso de planeación y ejecución, conforme lo establecido en el artículo 102 de la Ley 1757 de 2015 10.
Advierten los peticionarios que esperan que la Administración cumpla la Ley 850 de 2003, Ley 1757 de 2015, artículo 292 y 293 del Código penal, relacionadas con el derecho de petición.
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